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Deduccion de alquiler y falta de depósito de la fianza

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Estamos recibiendo numerosas consultas a raíz de las revisiones de las declaraciones de la renta que la Agencia Tributaria está realizando sobre las deducciones por alquiler de vivienda habitual en la declaración del Impuesto sobre la Renta, en su tramo autonómico, y en concreto, en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Esta deducción está prevista en la Ley 13/1997 de 23 de diciembre de la Comunidad Valenciana, que establece la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual sobre las cantidades satisfechas en el periodo impositivo del 15 por 100, con el límite de 459 euros, con carácter general. Y del 20 por 100, con el límite de 612 euros, si el arrendatario tiene una edad igual o inferior a 35 años. Igualmente el mismo porcentaje de deducción es aplicable, con idéntico límite, si el arrendatario es discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. Y por últi